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AySA junto a UNICEF y ELA, promueve la implementación de espacios de educación y cuidado para hijas e hijos de personas trabajadoras

 


AySA, en conjunto con UNICEF y ELA (Equipo Latinoamericano de Justicia y Género), convocó a empresas privadas a participar de una charla buscando promover la creación de espacios de educación y el cuidado de niñas y niños de entre 45 días y 3 años dentro del ámbito privado.

La charla se realizó en el marco del cumplimiento del art 179 de la Ley de Contrato de Trabajo, que reconoce la obligación de los empleadores de brindar estos espacios en sus instalaciones.

La Directora de Género de AySA, Eugenia Ghiotto, expresó: “Desde esta gestión, hemos priorizado la igualdad de oportunidades, esto fue posible gracias a las políticas de género y diversidad, por las que seguimos trabajando día tras día. Tenemos como objetivo continuar promoviendo la implementación de espacios de cuidado. Desde AySA, se invita a que todas las empresas proveedoras incluyan dentro de sus pliegos de contratación dicha política, y en el caso, de que en la actualidad no dispongan de las mismas, se dé a conocer qué tipo de medidas utilizarán a futuro para su implementación”.

Desde la década de 1970, la ley de contrato de trabajo n° 20.744 9 reconoce la obligación de los empleadores de brindar espacios de educación y cuidado en sus instalaciones. Sin embargo, por falta de reglamentación, esta obligación fue ampliamente incumplida. De acuerdo al fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación expedido en octubre del año 2021, el Poder Ejecutivo reglamentó el artículo 179, dónde se establece que los establecimientos con 100 o más personas empleadas deben contar con espacios de cuidado contemplando la niñez desde los 45 días a 6 años de edad, dentro del radio de 2km del lugar; y en el caso de no disponer de los mismos, deberán implementar el pago de una suma no remunerativa relacionada con el cuidado de hijas e hijos, cuya cifra sea incluida en el salario.

En este sentido, AySA es reconocida por UNICEF como caso testigo, ya que en el año 1976, se transformó en la empresa pionera que puso en agenda cuestiones vinculadas a políticas de cuidado, dando lugar a la creación de “La Gotita de Agua”. Se trata de un jardín maternal y de infantes que contiene a niñas y niños desde los 45 días a 6 años de edad, destinado a hijas e hijos de personas trabajadoras afiliadas al Sindicato Gran Buenos Aires de Trabajadores de Obras Sanitarias (SGBATOS).

Esta acción, en materia de género, significa la creación de un espacio de cuidado que prioriza la equidad y el fortalecimiento de los vínculos familiares entre madres y padres trabajadores, facilitando su inserción y la permanencia de mujeres trabajadoras en el espacio laboral.

En efecto, el cumplimiento de esta normativa, representa un impacto positivo, sobre todo para la mujer, dado que a futuro, su inserción laboral representará el 34% del crecimiento del PBI y se estima, que de seguir extendiéndose la disponibilidad de estos espacios, para el año 2030 se habrá incorporado alrededor de 2.000.000 de personas al mercado de trabajo.

Actualmente, son cada vez más las empresas que se rigen bajo el artículo 179, poniendo a disposición sus espacios de cuidado, como es el caso de: Mimo & Co; Invap; Mercado Libre, ABC, entre otros, que aportan en el bienestar de las y los trabajadores como en las infancias de cada hija e hijo.

“Estas políticas responden a la necesidad del aumento del cupo laboral femenino creando espacios de cuidado de nuestras niñas, niñes y niños. Es una política que nos iguala, que da la posibilidad de crecer laboralmente y en simultáneo, llevar adelante una crianza responsable. En este sentido, asumimos la responsabilidad de seguir pregonando con el ejemplo de crear políticas que aseguren el bienestar de hombres y mujeres, en pos de transformar las estructuras sociales e institucionales desiguales”, concluyó Malena Galmarini, presidenta de AySA.

La agenda del cuidado, entendido como derecho humano, ya está instalada en Argentina. El cuidado no es un asunto privado, sino una responsabilidad social compartida que el Estado tiene que garantizar, así como también otros actores sociales involucrados como las empresas, los sindicatos y las organizaciones comunitarias que deben dar respuesta y aportar a la construcción de una organización social del cuidado más justa y equitativa.